ADMINISTRACIÓN AGROPECUARIA

CICLO TÉCNICO PROFESIONAL EN ADMINISTRACIÓN AGROPECUARIA (Click aquí para ver más)

CICLO TECNÓLOGO EN ADMINISTRACIÓN AGROPECUARIA (Click aquí para ver más)

CICLO PROFESIONAL EN ADMINISTRACION AGROPECUARIA(Click aquí para ver más)

El desarrollo del sector Agrícola y Pecuario en el Departamento de Bolívar  es uno de los objetivos de la Universidad y para ello esta el nuevo programa propio de la Universidad “Administración Agropecuaria” que cumple con las necesidades de la región.

 Es una carrera  diseñada para formar profesionales que lideren un desarrollo sostenible y una utilización mas racional de los recursos naturales para aumentar la eficacia de la transformación de los pastos, reduciendo así los insumos y las perdidas de nutrientes; y para organizar  sistemas de producción sostenible.

El programa Administración Agropecuaria se ofrece en Metodología a Distancia en la sede principal CREAD Cartagena, CREADS Magangue, San Marcos, Carmen de Bolívar, San Onofre, San Estanislao de Kotska, Lorica, Pinillo, Achi, Since y los demás Cread que se legalicen, como también los CERES de Turbaco, Simiti y Talagua Nuevo, en la formulación de Ciclos Propedéuticos sin tener la necesidad de hacer Examen de Admisión ya que el estudiante ingresará al programa Administración Agropecuaria de acuerdo a lo establecido en la  LEY 749 DE 2002, (Julio 19), Diario Oficial 44.872, de 19 de julio de 2002 “Por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica”

 

ARTÍCULO 7o. DE LOS REQUISITOS PARA EL INGRESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR TÉCNICA PROFESIONAL, TECNOLÓGICA Y PROFESIONAL POR CICLOS. Son requisitos para el ingreso a los diferentes programas de Educación Superior tecnológica y profesional por ciclos, además de los que señale cada institución, los siguientes:

a) Poseer título de bachiller o su equivalente en el exterior y haber presentado el examen de Estado para el ingreso a la Educación Superior;

b) Para los programas de especialización referidos al campo de la técnica y la tecnología y para las especializaciones del campo profesional, poseer título técnico, tecnológico o profesional.

Podrán igualmente ingresar a los programas de formación técnica profesional en las instituciones de Educación Superior facultadas para ello de conformidad con la presente ley, quienes reúnan los siguientes requisitos:

a) Haber cursado y aprobado la educación básica secundaria en su totalidad y ser mayor de diez y seis (16) años, o

b) Haber obtenido el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

La Universidad  mediante el acuerdo  Nº 13 del 6 de septiembre de 2005 del Consejo Superior reglamenta el ingreso de los estudiantes del programa Administración Agropecuaria por Ciclos Propedéuticos así:

Articulo 1º Adiciónese al Articulo Nº 25 del Acuerdo Nº 05 del 26 de Febrero de 2003, “Requisitos para el ingreso a la Educación Superior Técnica Profesional, Tecnológica y Profesional de los Programas a Distancia, ofrecidos exclusivamente bajo la modalidad de Ciclos Propedéuticos,” los siguientes:

1. PARA INGRESAR AL CICLO TÉCNICO PROFESIONAL:

a) Cumplir con lo establecido en los  en los literales a, c, d, y e del Articulo 25 del Acuerdo Nº 05/03 (Reglamento Estudiantil Vigente)

 

LITERALES A, C, D, Y E DEL ARTICULO 25 DEL ACUERDO Nº 05/03 (REGLAMENTO ESTUDIANTIL VIGENTE)

 

a. Diligenciar un formulario de Inscripción establecido por  la Universidad  para éste fin.

b. Presentar fotocopia de la tarjeta de Identidad o cedula de Ciudadanía. (Acuerdo Nº 05 del 26 de Febrero de 2003, Articulo 25, Literal  A  del Reglamento estudiantil).

 

c. Presentar Recibo de Pago de Derecho a Matricula. (Acuerdo Nº 05 del 26 de Febrero de 2003, Articulo 25 Literal C  del Reglamento estudiantil). 

d.     Presentar Certificado de Salud Física y Mental Expedido por la entidad del Sistema de seguridad Social en Salud a la cual se encuentra afiliado. (Acuerdo Nº 05 del 26 de Febrero de 2003, Articulo 25, Literal  D  del Reglamento estudiantil).

 e.     Presentar Carnet o Documento que Demuestre que esta cubierto por el Sistema de seguridad Social en Salud. (Acuerdo Nº 05 del 26 de Febrero de 2003, Artículo 25, Literal E  del Reglamento estudiantil).

 

b) Haber cursado y aprobado la educación básica secundaria en su totalidad y ser mayor de  diez y seis  (16) años, o haber obtenido el certificado de Aptitud Profesional (CAP) expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)

 

2. PARA INGRESAR AL CICLO TECNOLOGO

a) Cumplir con todos los requisitos establecido en el articulo 25 del Acuerdo Nº 05/03 y

b) Poseer el titulo de Técnico Profesional en el respectivo Programa, expedido por la Institución de Educación  Superior

 

3. PARA INGRESAR AL CICLO PROFESIONAL

a) Cumplir con los requisitos establecido en el articulo 25 del Acuerdo Nº 05/03, y poseer el titulo de Tecnólogo en el respectivo Programa.

PARÁGRAFO: Los estudiantes que ingresen a estos Programas no podrán hacer transferencia a otros Programas.

 

Igualmente el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL en la RESOLUCIÓN NÚMERO 3462   DE    2003 ( diciembre 30) definen las características específicas de calidad para los programas de formación hasta el nivel profesional por ciclos propedéuticos en las áreas de Administración así:  

ARTÍCULO  17.  La  Administración  es  el  proceso  en  el  que  mediante  la  aplicación  de principios  y  técnicas  generales  y/o  particulares,  se  propende  por  el  logro  de  metas  y objetivos en los diversos tipos de empresas y organizaciones, a través del uso adecuado de los recursos, de manera incidente en el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

El administrador estará preparado para planificar, organizar, controlar y dirigir proyectos y actividades acordes con la misión de diferentes organizaciones de carácter oficial o privado.

ARTÍCULO  18.  Los  programas  organizados  por  ciclos  propedéuticos  en  el  área  de  la Administración,  deben  articular  adecuadamente  las  dimensiones teórica,  metodológica  y práctica, basándose en los conocimientos de las ciencias sociales, matemáticas y demás conocimientos requeridos para la solución de problemas, buscando la optimización de los recursos para el desarrollo sostenible y el bienestar de la sociedad.

ARTÍCULO 19. Los programas de pregrado organizados por ciclos propedéuticos en el área de   Administración,   deben   tener   una   estructura   curricular   flexible,   que   permita          la organización  articulada,  secuencial  y  complementaria  de  los  contenidos,  las  estrategias pedagógicas  y  los  contextos  de  aprendizaje  para  el  desarrollo  de  las  habilidades  y competencias esperadas; y responder, por una parte, a las necesidades cambiantes de la sociedad  y,  por  la  otra,  a  las  capacidades,  vocaciones  e  intereses  particulares  de  los estudiantes.

ARTÍCULO  20.  Cada  ciclo  propedéutico  de  los  programas  de  pregrado  en  el  área  de administración,  debe  garantizar  una  formación  integral,  que  le  permita  al  profesional desempeñarse en diferentes ambientes, con el nivel de competencia técnica o tecnológica de las funciones propias de la administración, que se espera adquiera y desarrolle para:

a. La comprensión de las organizaciones, su gerencia y el manejo de sus relaciones con entornos dinámicos y complejos.

b. La  innovación,  el  liderazgo  y  el  espíritu  empresarial  en  la  gestión  de  negocios  de diversa naturaleza.

c. La  formación  para  el  aprendizaje  autónomo  y  para  el desarrollo de habilidades de pensamiento, de interpretación y uso de información, y de interpretación en procesos de trabajo con equipos interdisciplinarios.

d. Formación integral en la administración, enfocada    desde las dimensiones humanística, tecnológica y científica.

De tal manera que los estudiantes de la modalidad por Ciclos Propedéuticos harán su carrera profesional ADMINISTRACIÓN AGROPECUARIA EN 160 CREDITOS Y en tres Titulaciones por Ciclos:

  • TÉCNICO PROFESIONAL EN ADMINISTRACIÓN AGROPECUARIA 72 CREDITOS
  • TÉCNOLOGO  EN ADMINISTRACIÓN AGROPECUARIA 32 CREDITOS
  • PROFESIONAL EN ADMINISTRACION AGROPECUARIA 56 CREDITOS

El ciclo: Es  una unidad o etapa de una cadena o secuencia,  con características propias e independientes, pero articulada estructuralmente  al todo.

En los  procesos  de formación, cada   ciclo tiene un propósito educativo y permite o bien salidas al mundo laboral, o bien continuar hacia  niveles superiores de formación, sin que esto implique que  para todos los casos, la continuidad sea automática

Las etapas o unidades de la cadena  deben estar articuladas, suficientemente y en forma flexible en el tiempo, de modo  que  las relaciones entre los programas académicos no terminen siendo una suma fragmentada y yuxtapuesta  de asignaturas, y  de modo que las relaciones  entre     los  niveles  educativos    abran realmente opciones formativas dentro de una misma área profesional.

Los ciclos persiguen el crecimiento personal  o la formación integral de la persona (lo que incluye el desarrollo intelectual) y el desempeño laboral; en consecuencia,  no se limitan al desarrollo de lo instrumental u operativo.

A cada ciclo  le está asociado además  de  un perfil  profesional y de un campo de desempeño específico (perfil ocupacional), el desarrollo de competencias de cierto   tipo y nivel  de  complejidad. En cada ciclo se podrán tener competencias Genéricas  (que se pueden manifestar en diferentes desempeños  y contextos, que se pueden reconceptualizar y redefinir de acuerdo con las demandas del entorno social y laboral), y competencias Específicas relacionadas con los dominios cognitivos en un campo  de formación particular y con los   dominios prácticos de dicho campo.

Tanto las competencias genéricas como las específicas  se dirigirán al desarrollo de las dimensiones cognitivas, sociaoafectivas, comunicativas y praxiológicas (habilidades y destrezas) que garanticen la formación integral.

Para cada ciclo se determina un conjunto de competencias relacionadas con el conocimiento, con su uso y  aplicación en diferentes contextos; así como el desarrollo de actitudes, responsabilidades y valores. 

“Se requiere fundamentalmente que en el desarrollo de la competencia medie el conocimiento mismo, procesos cognitivos complejos y la relación permanente  entre teoría y práctica” [1] .

 

EL CARÁCTER PROPEDÉUTICO  DE LOS CICLOS 

Propedéutica = Enseñanza preparatoria para  el estudio de una disciplina.; parte introductoria de una ciencia.

Cada ciclo, entonces, sienta las bases  o prepara para el siguiente ciclo. En la cadena de formación,   los ciclos forman un continuo ascendente (como en espiral),  son unidades  secuenciales, interdependientes  y complementarias.

La actividad formativa de una institución de educación superior está diseñada en ciclos propedéuticos cuando está organizada en ciclos secuenciales y complementarios, cada uno de los cuales brinda una formación integral correspondiente a ese ciclo y conduce a un título que habilita para el desempeño laboral correspondiente a la formación obtenida, como para continuar con el ciclo siguiente”. Para ingresar a un ciclo superior en la formación organizada por ciclos propedéuticos  es requisito indispensable tener en título correspondiente al ciclo anterior” (Artículo 10 del decreto 2216 de 2.003).  

En la medida que constituyen   ciclos propedéuticos, cada ciclo proporciona al siguiente los fundamentos o las bases  teóricas y metodológicas. Dicho de otra manera: en   el  primer ciclo, los estudiantes deben desarrollar las competencias teóricas y metodológicas que  son fundamentales para abordar  el segundo ciclo;  y así sucesivamente…. El núcleo  de formación básica es el que cumple la tarea de preparación para el ascenso, haciendo  factible la movilidad y transferencia de los estudiantes. 

El programa Administración Agropecuaria se sustentará en un sistema de créditos Académico en la Modalidad a Distancia  que permitirá la homologación, convalidación y movilidad.

La comprensión del funcionamiento del sistema administrativo y la formulación de estrategias competitivas dentro del concepto de educación del Programa Administración Agropecuaria por Ciclos Propedéuticos en su formación Técnico Profesional en Administración Agropecuaria, Tecnólogo en Administración Agropecuaria y Profesional en Administración Agropecuaria, se regirán por el sistema de   Créditos Académicos en la organización para las actividades de formación y aprendizaje que se desarrolla a través del trabajo del estudiante se orienta en primera instancia en el Decreto 808 del 25 de abril del 2002 y posteriormente en el Decreto 2566 de septiembre 10 del 2003  que “establece las condiciones mínimas de calidad y demás requisitos para el ofrecimiento y desarrollo de programas académicos de educación superior y se dictan otras disposiciones” y con las políticas de la Universidad de Cartagena.

Lo establecido en el Artículo 18 del Decreto 2566 de 2003, que a la letra dice:

“El tiempo estimado de actividad académica del estudiante en función de las competencias académicas que se espera el programa desarrolle, se expresará en unidades denominadas Créditos Académicos. Un crédito equivale a 48 horas de trabajo académico del estudiante, que comprende las horas con acompañamiento directo del docente y demás horas que el estudiante deba emplear en actividades independientes de estudio, prácticas u otras que sean necesarias para alcanzar las metas de aprendizaje, sin incluir las destinadas a la presentación de las pruebas finales de evaluación. El número total de horas promedio de trabajo académico semanal del estudiante correspondiente a un crédito, será aquel que resulte de dividir las 48 horas totales de trabajo por el número de semanas que cada institución defina para el periodo lectivo respectivo”,

 

y el Acuerdo del Consejo Académico N° 10 bis del 30 de Octubre de 2002  de la Universidad de Cartagena,  se aprueban, al interior de la misma los lineamientos generales para la adopción del sistema de créditos académicos y la organización de los Programas curriculares de Pregrado, que además establece en el parágrafo de su artículo 9 del Acuerdo  del Conejo Académico: “ El número de semanas correspondientes a un periodo lectivo, sin incluir las evaluaciones finales, es de 16  

El Créditos Académico establece la relación de Tiempo Presencial y Tiempo Independiente, además permite la transferencia estudiantil, movilidad y relación intra e interinstitucional, lo que permite enmarcar el principio de Flexibilidad, por tanto:

“El crédito, como unidad de medida del trabajo académico del estudiante, esta ligado a ciertas formas y grados de flexibilidad y puede asumirse como una posibilidad para que la institución ofrezca alternativas a la formación del estudiante de acuerdo con sus intereses, tiempos de dedicación, oportunidades de participación y tipos de metodología institucional seleccionados:”  

Por lo anterior la Universidad de Cartagena en lo referente a la asignación de créditos académicos  tuvo en cuenta:  

  • El modelo pedagógico del programa, en el cual  se establecieron  la fundamentación teórica, práctica y metodológica del programa, los principios y propósitos que orientan la formación, la estructura curricular y organización de los contenidos curriculares acordes con el desarrollo de la actividad científico-técnica, las estrategias que permiten el trabajo interdisciplinario y el trabajo en equipo, el modelo y estrategias pedagógicas y los contextos posibles de aprendizaje para su desarrollo y para el logro de los propósitos de formación, y el perfil de formación, acompañado de las competencias y habilidades de cada campo y área de formación.

  • Las asignaturas se cursarán en la modalidad trimestral, según se establece y organiza en el documento curricular del programa. Así mismo,  los tutores establecerán mediante el diseño micro curricular y guías tutórales la forma lógica y secuencial del trabajo independiente de los estudiantes, lo cual asegurará que sea productivo, coordinado, desarrollado y auto evaluado independientemente, en los “CIPAS” y posteriormente en las respectivas tutorías.

  • Para clasificar las asignaturas por créditos (que van de 1 a 4) se tuvo en cuenta la relación que existe entre el nivel de complejidad de la asignatura y su posición dentro del componente (Técnica Profesional o Tecnología) o área (Profesional).
 
Universidad de Cartagena
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Cartagena - Colombia